NORMATIVA DE INGRESO AÉREO A ECUADOR Y GALÁPAGOS

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La crisis sanitaria por Covid-19 aún persiste en el mundo y el gobierno ecuatoriano implementa nuevos lineamientos para permitir la movilización aérea de compatriotas y turistas, los cuales se encuentran detallados a continuación:

1.- Toda persona que ingrese al Ecuador por vía aérea deberá presentar de manera obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital previo a embarcar en la aerolínea, disponible en el siguiente link: https://declaracionsalud-viajero.msp.gob.ec/ Si la plataforma presenta intermitencias se solicitará el certificado de manera física.

2.- Todo viajero mayor a 3 años debe presentar de manera obligatoria el certificado de vacunación con código QR o carnet de vacunación contra COVID-19 válido con al menos 14 días de vigencia después de completar el resultado cualitativo RT-PCR en tiempo real, realizado 72 horas previo al arribo a Ecuador.

3.- Se exceptúa la presentación de requisitos sanitarios como carnet de vacunación y pruebas anti covid a las personas que usen vuelos humanitarios debido al conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, así mismo, a los funcionarios que fueron enviados para colaborar en el traslado, los cuales se movilizarán al país y se realizarán las respectivas pruebas de diagnóstico.

4.- Todo pasajero que durante el vuelo o arribo a Ecuador presente síntomas relacionados con Covid-19 (fiebre, malestar general, pérdida del gusto u olfato, congestión nasal, entre otros) será evaluado por el personal del Ministerio de Salud Pública y se realizará una prueba rápida de antígenos (hisopado nasofaríngeo) de ser positiva, el paciente deberá permanecer 10 días en aislamiento, después de ese tiempo podrá dirigirse a su domicilio o lugar de estancia.

5.- Para ingresar a Galápagos todo migrante nacional o extranjero deberá presentar de forma obligatoria el certificado de vacunación con código QR o el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada con 72 horas previo al embarque. Menores de 3 años no presentarán estos requisitos.

6.- Para el ingreso a turistas nacionales y extranjeros también se solicitará la tarjeta de control de tránsito emitido por el Consejo de Gobierno de Régimen Especial de Galápagos, eliminando el salvoconducto gestionado por un operador o alojamiento regulado por el Ministerio de Turismo. Estas normativas están en vigencia desde marzo.

 

Lili Tapia
Lili Tapia
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